Hola soy Álvaro y hoy os voy a hablar sobra la factura que nos presentan las empresas relativa a nuestro consumo de energía eléctrica. La factura de la luz para el consumo residencial está compuesta de cinco conceptos diferentes aunque relacionados entre sí. Para otro tipo de abonados, como pueden ser: las industrias, grandes empresas, etc., la factura tiene una estructura diferente.
Estos conceptos son los siguientes:
1º.- TERMINO FIJO DE POTENCIA (X)
Es un importe fijo que cobra la Compañía por utilizar sus redes eléctricas y permitir que la electricidad llegue a nuestro hogar. Esta cantidad se abona siempre aunque no se haya realizado consumo alguno y es proporcional a la potencia contratada por el abonado.
Esta potencia suele ser un múltiplo de 1,15 kW (1,15; 2,3; 3,4; 4,6: 5,7; etc.) siendo muy importante elegir la más adecuada pues en caso contrario se puede estar pagando en exceso. Es el único parámetro de la factura que puede elegir el consumidor.
Su importe viene determinado por:
A es la Potencia contratada (kW)
X = A x B
B es el Término de potencia (euros/kW)
El Término de potencia está regulado por el Gobierno y tiene dos componentes: uno fijo y otro variable, que es margen comercial de la Compañía.
En el caso de estar acogido a la Tarifa Último Recurso (TUR) el importe de este Término de potencia está fijado por el Gobierno.
2º.- ENERGÍA CONSUMIDA (Y)
Corresponde al coste real de la energía consumida por el abonado. Es la diferencia entre dos lecturas consecutivas del contador eléctrico, multiplicada por el Término de energía (precio del kWh) que fija el Gobierno cada tres meses para cada tramo de potencia.
Su importe se determina por:
C es el número de kWh consumidos
Y = C x D
D es el Término de energía
El importe de este Término de energía que incluye también el coste de los peajes de acceso es diferente dependiendo de la potencia contratada.
3º.- IMPUESTO ELÉCTRICO (I)
Es un impuesto creado en el año 1997 para ayudas a la minería del carbón. Desde entonces no se ha modificado y permanece en la factura. Se calcula mediante la siguiente fórmula:
I = [(X + Y) x 1,05113] x 0,04864
4º.- ALQUILER DEL EQUIPO DE MEDIDA (Z)
Dependiendo del tipo de contador que tengamos instalado, la Comercializadora cobra una cantidad mensual fija en concepto de alquiler del equipo de medida.
En el caso de que el abonado pretenda adquirir el equipo, se encontrará con todo tipo de dificultades por parte de la Compañía, pues el consumidor, a lo largo de la duración de su contrato, abona por este concepto más de diez veces el coste del contador.
5º.- IMPUESTO GENERAL (IVA)
IVA = (X + Y + Z + I) X 0,18
Resulta bastante curioso comprobar como se paga el IVA por el impuesto eléctrico, es decir, impuesto sobre impuesto.
El importe total de la factura a pagar por el consumidor es:
T = X + Y + Z + I + IVA
En la factura pueden aparecer otros conceptos que el abonado debe vigilar para que no se lo cobren indebidamente como son:
Facturación por exceso de potencia
Energía reactiva
Seguro de protección, enganche a la red
Es conveniente reseñar que cada vez que hay un cambio de tarifas, lo que suele producirse con cierta frecuencia, implica que en ese periodo de facturación son aplicables dos tarifas diferentes, lo que supone una dificultad añadida para la comprensión de la factura por parte del abonado.
Las Compañías, en general, suelen seguir un criterio similar para abordar este problema que consiste en calcular el número de días transcurridos en cada periodo y a cada uno de ellos le aplican la tarifa correspondiente, pues consideran que el consumo se reparte proporcionalmente en función de los días.
Sin embargo, alguna Compañía opta por realizar el cálculo de cuál sería el precio medio a aplicar en cada concepto si se tienen en cuenta los días facturados en cada periodo. Ese precio medio es el que se aplica luego a la totalidad del consumo.
a) La periodicidad de la facturación que puede ser: mensual o bimensual.
b) La energía consumida que puede calcularse sobre lectura real o lectura estimada. En este caso, todas las Compañías se inclinan por lectura estimada porque les supone un ahorro considerable, al no tener que pagar los salarios de los lectores de contadores.
c) El tipo de tarifa de acceso a contratar que estará en función de la distribución horaria del consumo del abonado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario